El Congreso aprueba la Ley de Reforma de la Legislación Procesal, que permitirá la implantación de la Nueva Oficina Judicial.

El Congreso aprueba la Ley de Reforma de la Legislación Procesal, que permitirá la implantación de  la Nueva Oficina Judicial.

20/10/2009

Logroño será una de las seis primeras ciudades en las que se implantará la Nueva Oficina Judicial, junto con Burgos, Cáceres, Ciudad Real, Murcia y Palma de Mallorca.

El nuevo modelo de Oficina Judicial supone una transformación funcional de la Administración de Justicia, con la plena incorporación de las modernas tecnologías de la informática y la comunicación.

El pleno del Congreso de los Diputados ha dado luz verde a la Ley de Reforma de la Legislación Procesal y la Ley Orgánica complementaria, que hará efectiva la implantación de la Nueva Oficina Judicial.
 
Para iniciar el despliegue progresivo de la nueva oficina se han seleccionado las ciudades de Burgos, Cáceres, Ciudad Real, Logroño, Murcia y Palma de Mallorca, incluidas todas ellas en Comunidades Autónomas en las que las competencias de Justicia corresponden al Ministerio. La primera fase contempla un despliegue integral y, por tanto, incluye tanto el Servicio Común de Ejecución como el Servicio Común de Ordenación del Procedimiento. A estas primeras ciudades seguirá un proceso progresivo por el resto de territorios.
 
La Nueva Oficina Judicial contiene una estructura básica compuesta por dos unidades:
 
Ø Unidad Procesal de Apoyo Directo.Vinculada directamente al titular del órgano jurisdiccional y con la asignación del personal mínimo indispensable para llevar a cabo sus funciones.
 
Ø Servicios Comunes Procesales.Estarán bajo la dirección de los secretarios judiciales y asumen labores centralizadas de gestión y apoyo en actuaciones derivadas de la aplicación de las leyes procesales. Los hay de tres tipos:
 
    a) Servicio Común General. Será el encargado de realizar las labores de registro y reparto de los asuntos ingresados, actos de comunicación y auxilio judicial, y otras funciones accesorias como gestión del depósito de piezas de convicción y del archivo de los procedimientos.
 
    b)  Servicio Común de Ordenación del Procedimiento. Llevará a efecto la tramitación delos procedimientos en todos aquellos aspectos enque no resulte imprescindible la intervención deljuez.
 
    c)  Servicio Común de Ejecución.Recibirá sentencias y demás actos a los que la ley reconoce carácter ejecutivo para asegurar su cumplimiento.
 
La nueva ley contempla la modificación de 16 leyes procesales y más de 900 artículos. Entre las novedades que también prevé la reforma procesal está la creación de los jueces de adscripción territorial, la supresión del traslado forzoso en los ascensos de magistrado, equiparación de lasvacaciones de los miembros de la carrera judicial con la del resto defuncionarios, nueva regulación de la excedencia voluntaria para atender elcuidado de un hijo u otro familiar a cargo, cambio en el sistema de provisión de plazas en las audiencias provinciales o la supresión dedeterminados requisitos en los concursos de plazas.Además, la nueva norma prevé una nueva regulación del sistema de señalamientos de los juicios a través de una agenda programada, gestionada por el secretario judicial siguiendo las directrices que determine el titular del órgano. Así mismo, se incluye una nueva regulación en materia de fe pública judicial mediante la incorporación de sistemas de firma electrónica en la grabación de las actuaciones judiciales.
 
Por otro lado, se crean las unidades administrativas, que, sin estar integradas en la Oficina Judicial, se constituyen en el ámbito de la administración de justicia para dirigir, ordenar y gestionar los recursos humanos, así como para gestionar los medios informáticos, las nuevas tecnologías y otros medios materiales.
 
A partir de la entrada en vigor de las reformas procesales hoy aprobadas, la puesta en marcha del nuevo modelo de Oficina Judicial se va a desarrollar en torno a dos grandes actuaciones de despliegue, en coordinación con el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y en colaboración con las Comunidades Autónomas con competencias en la materia.
 
También se pretende realizar un ambicioso plan de modernización y reformas organizativas en la Audiencia Nacional. En primer lugar, se implantará el Servicio Común general orientado a la tramitación electrónica de expedientes judiciales para posteriormente abordar la implantación del resto de servicios comunes. Este nuevo modelo, adaptado a las particularidades de este órgano judicial, también incluirá un nuevo diseño de Oficina Fiscal.
 
En su intervención ante el pleno de la Cámara Baja, el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño, agradeció una reforma acordada “con tan elevado consenso” en las cámaras legislativas, después de un largo proceso en el que han sido escuchadas todas las voces implicadas e interesadas. “España ya cuenta –dijo el ministro- con el marco legal necesario para hacer real una Administración de Justicia homologable, en su vertiente de servicio público esencial, a otros servicios públicos avanzados”. Caamaño explicó que este nuevo modelo comporta “una auténtica transformación funcional pensada para optimizar el rendimiento de la Administración de Justicia con la plena incorporación de las modernas tecnologías de la informática y la comunicación”. 

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