El Consejo de Ministros aprueba la concesión de Ayudas a los damnificados por la fuerte granizada en La Rioja Baja.

30/05/2009

El Consejo de Ministros, en su reunión del pasado viernes día 26, ha aprobado un Acuerdo para aplicar las medidas de ayuda contempladas en el Real Decreto de marzo de 2005, que regula las subvenciones destinadas a paliar situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, a los damnificados por la granizada acaecida en la Comunidad Autónoma de La Rioja el pasado 24 de mayo.

 Durante la tarde del día 24 de mayo de 2009 un inusual temporal de granizo, agua y viento descargó sobre varias localidades de La Rioja Baja, con especial afección, entre otros municipios de dicha Comunidad Autónoma, en Arnedo, Tudelilla, El Villar de Arnedo, Pradejón, Rincón de Soto, Cervera del Río Alhama, Autol, Bergasa, Alcanadre y Ausejo.
 
Este fenómeno meteorológico, de fuerte intensidad en un corto espacio de tiempo, afectó a carreteras y vías urbanas, dificultando, y en ocasiones paralizando, la circulación. Además, provocó numerosos daños en bienes privados y en infraestructuras de titularidad pública, originados por la acumulación de agua por falta de capacidad de absorción de la red de alcantarillado, así como roturas producidas por la violencia del granizo. Asimismo, como consecuencia de estos hechos se produjeron interrupciones puntuales en el servicio de suministro eléctrico, así como inundaciones de vías públicas, garajes y locales industriales, con grave riesgo para los ciudadanos y sus bienes, impidiendo el normal desenvolvimiento de sus actividades cotidianas.
 
En consecuencia, este Acuerdo tiene por objeto que el Ministerio del Interior, en colaboración con los representantes de la Administración Periférica del Estado, las Administraciones Territoriales competentes y el Consorcio de Compensación de Seguros, proceda a efectuar las valoraciones y a tramitar los procedimientos administrativos de pago de los daños susceptibles de ser resarcidos conforme a las ayudas previstas en el Real Decreto de 18 de marzo de 2005, reformado por un Real Decreto de 2007, con la máxima urgencia posible.
 
El Real Decreto en cuestión prevé la concesión de las siguientes ayudas:
 
· Por destrucción total de vivienda: 15.120 €.
· Por daños en la estructura de la vivienda: 10.320 €.
· Por daños no estructurales en vivienda: 5.160 €.
· Por daños en enseres: 2.580 €.
· Por muerte o incapacidad absoluta y permanente: 18.000 €.
· Por daños en elementos comunes de una comunidad de propietarios: 8.000 €.
· Por daños en establecimientos mercantiles: 8.000 €.

2009_04_21

2008_12_02_1