Subvenciones del Ministerio a INGESA para continuar con las actividades de salud bucodental

17/05/2010

La salud bucodental infantil es un objetivo de primer orden en el contexto de las políticas de salud modernas


El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 499/2010, de 30 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a INGESA para la promoción de actividades para la salud bucodental infantil durante el año 2010.

Estas actividades de promoción de la salud bucodental infantil subvencionadas en el año 2010 están dirigidas a niños y niñas que tengan siete o 12 años y se unen a las actividades que ya estaban en marcha para las edades de 7, 8, 9 y 10 años
En concreto para nuestra ciudad el importe concedido para 2010 es de hasta 28.238 euros, cantidad total que aporta el MSPS para subvencionar el Plan de Salud Bucodental en Ceuta.
La salud bucodental infantil es un objetivo de primer orden en el contexto de las políticas de salud modernas. El enfoque preventivo y las actividades que se aplican desde los primeros años de vida son claves para el éxito de los programas de salud. La promoción de hábitos saludables, la prevención de las principales patologías bucodentales y su detección precoz mediante revisiones de carácter anual, constituyen un conjunto de acciones de reconocida utilidad en la salud general de los individuos. Las patologías bucodentales tienen una alta prevalencia en la población afectando a la calidad de vida tanto en la etapa infantil como en la etapa adulta. Igualmente se relacionan con otros problemas de salud más graves si no son correctamente tratadas.

De acuerdo con los datos de la última encuesta de salud oral en España, la proporción de sujetos libres de caries es del 64 por ciento en el grupo de edad entre los cinco y los seis años, del 53 por ciento a los 12 años, y del 40 por ciento para los adolescentes de 15 años.
Esta situación se ha intentado superar gracias a los notables esfuerzos realizados desde las diferentes administraciones sanitarias, especialmente en los últimos años, para ampliar la cobertura y los servicios preventivos y asistenciales en la población infantil.

El Ministerio de Sanidad y Política Social, como titular de la política de ordenación de prestaciones y coordinación de las actividades relacionadas, a través de la Dirección General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección, considera que la incorporación de estos servicios de atención bucodental a la población infantil, ha mostrado un importante aumento del número de niños libres de caries, uno de los objetivos esenciales de los programas de salud de este tipo.

La asistencia dental básica a los niños incluidos en las actividades para la promoción de la salud bucodental infantil durante el año 2010, incluye una revisión anual cuyo contenido mínimo observará las siguientes medidas preventivas y asistenciales:

-instrucciones sanitarias en materia de dieta y salud bucodental, acompañadas de adiestramiento en higiene bucodental, a los niños y a sus padres o tutores.
-aplicación de flúor tópico, de acuerdo con la política de fluoración de cada Comunidad Autónoma y de las necesidades individuales de cada niño.
-revisión anual del estado de salud de la cavidad oral, incluyendo exploración radiográfica cuando el grado de patología dental del niño así lo precise, previo consentimiento formulado por escrito por los padres o tutores legales.
-sellados de fisuras o fosas en las piezas permanentes.
-obturaciones en piezas dentarias permanentes. Cuando se detecten caries se evaluará su estadío y velocidad de progresión y si la lesión se considera irreversible, se procederá a obturarla.
-tratamientos pulpares (endodoncias) de las piezas dentarias permanentes con lesiones pulpares irreversibles que puedan ser reparadas. En caso de no poder ser reparadas se realizará su exodoncia.
-exodoncias de piezas dentarias temporales.
-tartrectomías cuando se detecten cálculos y/o pigmentaciones extrínsecas en dentición permanente que sean incompatibles con la salud gingival.
-tratamientos de incisivos y caninos permanentes en caso de enfermedad, malformaciones o traumatismos, sin perjuicio, en el caso de traumatismos, de las responsabilidades de terceros en el pago del tratamiento.
-seguimiento, en los casos que se aconseje por el facultativo, para asegurar la correcta evolución clínica de la salud dental del menor.

La población infantil atendida en el año 2009 por el INGESA fue de 3.932 niños de Ceuta, de edades comprendidas entre 7, 8, 9 y 10 años.