Constituida la Comisión para el estudio y preparación del Estatuto Básico del Empleado Público

18/10/2004

Afectará a 2,3 millones de empleados públicos


  • En el primer trimestre de 2005 tendrá listo un informe, previo a la negociación con partidos políticos y organizaciones sociales
  • En 2006 comenzará la tramitación parlamentaria, con el objetivo de obtener su aprobación en el primer semestre de 2007.


El secretario general para la Administración Pública, Francisco Velázquez, ha presidido la constitución de la Comisión para el estudio y preparación del Estatuto Básico del Empleado Público. La Comisión tiene por encargo la elaboración de un documento de trabajo que encuadre los objetivos generales y contenido mínimo del Estatuto, que afectará a 2,3 millones de empleados públicos de las diferentes administraciones.

En palabras del ministro de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla, “pasados 25 años desde la promulgación de la Constitución, es hora ya de disponer de un instrumento legislativo que permita afrontar los cambios producidos en el entorno, como la globalización, la descentralización del Estado o los cambios tecnológicos, en el marco de una serie de valores como la transparencia, la participación, la responsabilidad, la eficacia y la coherencia de la Administración Pública, puesta al servicio de los ciudadanos”.

El Estatuto del Empleado Público afectará a todos los empleados de las diferentes Administraciones, en total 2.352.898 trabajadores, según los datos del Registro Central de Personal, a 1 de marzo de este año. Esa cifra representa el 12,4% del total de la población activa en España.

La Comisión está presidida por Miguel Sánchez Morón, catedrático de derecho administrativo y ex magistrado del Tribunal Constitucional,  y está compuesta por 15 vocales del ámbito docente e investigador y de la propia Administración.
Para el primer trimestre de 2005 dispondrá de un texto que podrá ser discutido con partidos políticos, administraciones territoriales y organizaciones sindicales.

Para ese debate previo el instrumento clave es la Conferencia Sectorial de Administraciones Públicas, órgano de coordinación y cooperación en materia de empleo público entre la Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas.

Del mismo modo, se abrirá el diálogo con los representantes de las Administraciones locales, ámbito en e que la Federación Española de  Municipios y Provincias puede ser el marco adecuado.

Lo que se busca es que el proyecto de ley que se redacte cuente ya con unos acuerdos de partida que faciliten su tramitación en vía parlamentaria, que sucederá previsiblemente a comienzos de 2006. El objetivo es obtener la aprobación del Estatuto en el primer semestre de 2007.

Una vez que se apruebe el texto, cada Comunidad Autónoma desarrollará los principios contenidos en él. En la elaboración del texto se tendrán muy en cuenta los sistemas de empleo público de los países de nuestro entorno, y muy especialmente el vigente en la Unión Europea.

De manera resumida, pasamos a sintetizar algunas de las líneas básicas que deberá contener el futuro Estatuto:
  • Objeto y ámbito de aplicación: Bajo los principios comunes, en relación con la selección y acceso al empleo público, de igualdad, mérito y capacidad, publicidad, celeridad y profesionalización de los órganos de selección. Estos principios afectarán a todas las organizaciones públicas: Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales, Organismos públicos de base institucional, fundaciones públicas, consorcios…
  • Principios ordenadores del empleo público:  Imparcialidad, responsabilidad, respuesta ágil y atención al ciudadano, objetividad, etc.
  • Clases de empleados públicos: Funcionarios (de carrera e interinos) personal laboral y personal eventual.
  • Personal directivo: Creación de esta figura específica, posibilitando a cada Administración el diseño del Estatuto del personal directivo que atienda a las propias necesidades organizativas.
  • Movilidad entre Administraciones Públicas.
  • Código ético. Derechos, deberes y responsabilidad del empleado público. Incluirá derechos como el de la Formación y cualificación profesional, así como otros con un profundo valor social, como la protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, o la conciliación de la vida familiar y laboral.
  • Sistema retributivo: Estructurado en retribuciones básicas y complementarias, en función de la cualificación profesional, el trabajo desempeñado, las condiciones especiales de trabajo y los resultados obtenidos.
  • Representación, participación y negociación colectiva: Para profundizar en la vertebración y homogeneización del modelo de empleo público en el actual Estado de las Autonomías, se constituirá una Mesa General de Negociación, que englobará a todas las Administraciones Públicas, y habrá de configurarse como un foro de encuentro necesario entre organizaciones sindicales y Administraciones Públicas.
  • Relación y cooperación entre Administraciones Públicas: Bajo los principios de cooperación, coordinación e información recíproca.